Pasos a seguir en caso de accidentes de tráfico

Publicado por Hospital Juan Cardona el 28 de julio de 2016 13:00:00 CEST

En nuestro artículo de hoy queremos mostrarles los pasos a seguir en caso de accidentes de tráfico. Ya les hablamos de las Unidades de Acidentados para el caso de lesiones, pero hoy queremos recomendarles las acciones a seguir en el momento que ocurre.

¿Qué hacer en caso de accidente de tráfico?

1.- Señalizar el lugar del accidente y poner la luces de aviso del coche.

2.- Comunicar rápidamente el accidente a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (Guardia Civil 062 o Centro de Emergencias 112).

Si hubiera heridos, es mejor no moverlos y mantenerlos con calor hasta que llegue la ayuda de los servicios solicitados. La víctima únicamente deberá moverse en caso de riesgo inminente de explosión o incendio del vehículo.

Sí es usted testigo de cómo ha ocurrido el accidente, espere a los servicios policiales: su testimonio es importante.

A) Si el accidente de tráfico no produce víctimas y sólo daños materiales, los dos conductores implicados rellanan o no la Declaración Amistosa de Accidente, con versiones que son o no coincidentes. Ambos comunican el siniestro a su compañía y la entidad aseguradora del conductor no responsable del accidente comunica el siniestro a un sistema informático denominado CICOS.

La entidad aseguradora del conductor no responsable del accidente procede a reparar el vehículo de su asegurado o a abonar los daños que hubiese tenido, una vez dispone de la conformidad de la otra entidad.. Después, la entidad de conductor culpable paga un módulo (cantidad fijada por siniestro, independientemente del coste real) a la entidad del conductor no culpable.

B) Si se han producido heridos o víctimas mortales, en el reverso de la Declaración del Siniestro de Daños (la Declaración Amistosa de Accidente, de la que hemos hablado antes) existe la posibilidad de facilitar otros datos complementarios o de importancia, como, por ejemplo, señalar la información sobre los lesionados. En caso de no disponer de dicha declaración un escrito es suficiente y siempre debe ser facilitado a la aseguradora, junto al atestado, que será facilitado por la Guardia Civil.

Independientemente de lo anterior, la asistencia médica y hospitalaria, si fuera necesaria, siempre se facilita. Posteriormente las entidades aseguradoras abonaran a los hospitales públicos o privados que los hayan atendido el coste económico de la atención, en base a acuerdos recogidos en los diferentes Convenios de Asistencia Sanitaria Pública o Privada, firmados entre entidades aseguradoras y clínicas y hospitales.

Uno de los principales problemas a la hora de indemnizar al accidentado, se centra en la valoración de los daños corporales, más difíciles de cuantificar que los daños materiales. Existe un Baremo de Valoración objetivo que se aplica adaptándose a las circunstancias personales de cada lesionado, de manera que la misma lesión en dos personas diferentes, puede tener indemnizaciones también distintas. En este punto, puede que usted necesite la ayuda de un abogado para determinar la adecuación de la cantidad indemnizatoria a su caso particular. Esto ocurre cuando su sanación es total o las secuelas se consideran ya irreversibles.

Mientras, ninguna aseguradora niega la asistencia médica a las víctimas de accidentes, por lo que se harán cargo de los gastos médicos, hospitalarios, farmacológicos y de rehabilitación necesarios para la total sanación o hasta el establecimiento definitivo de secuelas.

En el Hospital Juan Cardona, contamos con una unidad especial para atender a las víctimas de accidentes de tráfico, donde no sólo nos ocuparemos de sus lesiones, sino que también le informaremos sobre la burocracia administrativa de este tipo de atención sanitaria e incluso haremos ciertos trámites por usted, para que sólo tenga que ocuparse de su salud.

Si desea conocer más a fondo los Pasos a dar en caso de accidente de tráfico, descárguese nuestra infografía.

 

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