Publicado por Hospital Juan Cardona el 7 de mayo de 2018 8:00:00 CEST
Hasta julio de 2015 la reclamación de indemnización por accidente de tráfico se realizaba de la siguiente manera: el accidentado (o más comúnmente su abogado) interponía una denuncia en el juzgado de guardia del lugar donde hubiera ocurrido el siniestro. En dicha denuncia se solicitaba, entre otras cosas, que la víctima fuera reconocida por el médico forense.
Esto presentaba dos ventajas para el lesionado:
- que su valoración era gratuita,
- que en caso de disparidad entre el perito médico de la aseguradora y el forense, normalmente el juez prestaría mayor credibilidad a éste, puesto que su dictamen es imparcial al no estar contratado por ninguna de las partes.
Pero, desde julio de 2015, y en concreto desde la reforma del código penal que suprimió los juicios de faltas, las reclamaciones de indemnización por accidente de tráfico han ido a parar a la jurisdicción civil, donde los forenses ya no tienen cabida. Dicho en pocas palabras: para cobrar del seguro por días de baja y secuelas tiene dos opciones: o acepta lo que buenamente le quieran pagar, o además de un abogado especialista en derecho de la circulación deberá contar con un perito médico que “esté de su parte”.
La reforma deja claro que existe un perito principal (el del seguro) y en consecuencia para poder ser reconocidos por el médico forense deberemos esperar a que el perito principal nos haya valorado y en base a su informe la aseguradora responsable nos haya remitido una oferta motivada. Esto es, el forense no va a podernos hacer un seguimiento a lo largo de nuestra evolución, sino que nos verá meses después del alta:
- Una vez existe un desacuerdo del lesionado con la oferta motivada, como decimos, se puede solicitar un informe forense.
- Dicha solicitud deberá presentarse en la sede del Instituto de Medicina Legal del lugar donde tuvo lugar el accidente de tráfico, o en el de residencia del accidentado, mediante un impreso y adjuntando copia de la oferta motivada.
- Previo a ningún otro trámite, el accidentado deberá acudir al IMLCF a prestar el consentimiento informado.
- Si no se aporta toda la documentación médica, o el forense considera que algún antecedente clínico de la historia médica del accidentado pudiera ser relevante, el IMLCF lo solicitará a los centros correspondientes.
- Una vez disponga de toda la documentación y compruebe que es competente por razón de territorio, el IMLCF enviará un escrito a las partes admitiendo la pericia, y ocasionalmente dando día y hora para realizar el reconocimiento forense.
- La visita forense, tras asignar de forma imparcial un profesional, se realizará en el IMLCF más cercano al domicilio del lesionado (esto es, en el único que existe en cada provincia)
- El forense podrá solicitar la realización de pruebas nuevas, pero la compañía de seguros podrá negarse a efectuarlas.
- Se envía una copia del informe al lesionado y a la aseguradora, los cuales dispondrán de siete días para pedir aclaraciones.
- La aseguradora paga al IMLCF por sus servicios.
Perito médico vs. perito forense:
- Factor tiempo: aquí gana por goleada la reclamación por perito médico privado. Ya hemos visto que si decidimos solicitar un médico forense nos enfrentamos a un sistema que puede tardar meses, ya que se inicia tras la recepción de la oferta motivada, la cual tiene lugar una vez ya hemos sido dados de alta. En cambio, un perito privado nos visitará desde el primer momento y tendremos su informe más o menos al mismo tiempo que la aseguradora tenga el suyo. Por lo tanto, ganamos tranquilamente entre tres y cuatro meses de tiempo.
- Factor resultados: De nuevo aquí es mucho mejor acudir a un perito médico privado. Se me ocurren de entrada tres importantes razones:
- El perito privado estará de nuestra parte, cosa que no sabremos si sucederá con el médico forense que nos toque.
- El perito privado nos efectuará un seguimiento desde el primer día, y no cuando ya ni nos acordemos del accidente de tráfico.
- El perito privado acudirá a juicio a defendernos en caso de discrepancia, el médico forense no.
- Factor económico: Es el único punto en que puede resultar más ventajosa la opción del médico forense, ya que éste no lo pagamos nosotros.
El cambio de escenario planteado con la reforma provoca que muchas reclamaciones ya no se planteen debido a que son muchos los lesionados que no pueden hacer frente al desembolso económico que supone una reclamación de este tipo.
En el Hospital Juan Cardona contamos con una Unidad de accidentados que le ayudará, no sólo a recuperarse definitivamente de sus lesiones, sino que también le acompañará en la reclamación de sus derechos respecto a la aseguradora.