Derechos del paciente
El paciente tiene derecho a recibir una atención sanitaria integral de sus problemas de salud, dentro de un funcionamiento eficiente de los recursos sanitarios disponibles.
El paciente tiene derecho al respeto a su personalidad, dignidad humana e intimidad, sin que pueda ser discriminado por razones de tipo social, económico, moral e ideológico.
El paciente tiene derecho a la confidencialidad de toda la información relacionada con su proceso, incluido el secreto de su estancia en otros centros y establecimientos sanitarios, salvo por exigencias legales que lo hagan imprescindibles.
El paciente tiene derecho a recibir información, completa y continuada, verbal y escrita, de todo lo relativo a su proceso, incluyendo el diagnóstico, alternativas de tratamiento y sus riesgos y pronóstico que será facilitado en un lenguaje comprensible. En caso de que el paciente no quiera, o no pueda, manifiestamente recibir dicha información, ésta deberá facilitarse a los familiares o personas legalmente responsables.
El paciente tiene derecho a la libre determinación entre las opciones que le presente el responsable médico de su caso, siendo preciso su consentimiento expreso previo a cualquier actuación, excepto en los siguientes casos:
- Cuando la urgencia no permita demoras.
- Cuando el no seguir el tratamiento suponga un riesgo para la salud pública.
El paciente tiene derecho al correcto funcionamiento de los servicios asistenciales y administrativos, y a que la estructura del Sanatorio proporcione unas condiciones aceptables de habitabilidad, higiene, alimentación, seguridad y respeto a la intimidad.
El paciente tendrá derecho, en caso de hospitalización, a que esta incida lo menos posible, en sus relaciones sociales y personales. Para ello el Hospital Covadonga facilitará un régimen de visitas lo más amplio posible, el acceso a los medios y sistemas de comunicación y de cultura y la posibilidad de actividades que fomenten las relaciones sociales y el entretenimiento del ocio.
El paciente tiene derecho a recibir cuanta información desee sobre los aspectos de las actividades asistenciales que afecten a su proceso y situaciones personales.
El paciente tiene derecho a conocer los cauces formales para presentar reclamaciones, quejas, sugerencias y en general, para comunicarse con la Administración del centro. Tiene derecho, asimismo, a recibir una respuesta por escrito.
El paciente tiene derecho a causar alta voluntaria en todo momento tras firmar el documento correspondiente, exceptuando los casos recogidos en el artículo 5 de los Derechos.
El paciente tiene derecho a agotar las posibilidades razonables de superación de la enfermedad. El Sanatorio proporcionará la ayuda necesaria para su preparación ante la muerte en los aspectos materiales y espirituales.
El paciente tiene derecho a que el Hospital Covadonga le proporcione:
- Una asistencia técnica correcta, con personal cualificado.
- Un aprovechamiento máximo de los medios disponibles.
- Una asistencia con los mínimos riesgos, dolor y molestias físicas y psíquicas.
Deberes del paciente
- El paciente tiene el deber de colaborar en el cumplimiento de las normas o instrucciones establecidas en el Hospital Covadonga.
- El paciente tiene el deber de tratar con el máximo respeto al personal del Hospital Covadonga, los otros enfermos y a sus acompañantes.
- El paciente tiene el deber de solicitar información sobre las normas de funcionamiento del Hospital Covadonga, y los canales de comunicación (quejas, sugerencias, reclamaciones y preguntas). Debe conocer el nombre de su médico.
- El paciente tiene el deber de cuidar las instalaciones y de colaborar en el mantenimiento de la habitabilidad del Hospital Covadonga.
- El paciente tiene el deber de firmar el documento de alta voluntaria en los casos de no aceptación de los métodos de tratamiento.
- El paciente tiene el deber de responsabilizarse del uso adecuado de las prestaciones ofrecidas por el sistema sanitario, fundamentalmente en lo que se refiere a la utilización de servicios, procedimientos de baja laboral o incapacidad permanente y prestaciones farmacéuticas y sociales.
- El paciente tiene el deber de utilizar las vías de reclamación y sugerencias.
- El paciente tiene el deber de exigir que se cumplan sus derechos.