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    Ante la Sentencia del Tribunal Supremo (Sentencia núm. 952/2021) comunicada hoy a las partes, Ribera quiere manifestar lo siguiente

    El Tribunal Supremo estima el recurso de casación interpuesto por Ribera contra la sentencia dictada por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, de fecha 15 de octubre de 2019, que queda anulada. 

    El Tribunal Supremo establece así, un antes y un después en los procesos de reversión de las administraciones públicas en España. A partir de ahora, se ha definido la doctrina que obligará a todas las administraciones públicas a justificar las repercusiones y efectos financieros y presupuestarios derivados de la decisión de revertir una concesión.

    Esta sentencia, sin precedentes, supone una gran garantía de la estabilidad presupuestaria y control del gasto público, ya que impide decisiones administrativas basadas en criterios arbitrarios e ideológicos cuyos efectos económicos negativos deban pagar los ciudadanos. A la vez, supone también, una garantía del principio de transparencia en la medida en que los ciudadanos conocerán previamente a su adopción, las consecuencias económicas que van a tener las decisiones de sus gobernantes.

    Esta nueva doctrina afecta de pleno al proceso de reversión de Torrevieja porque pone de manifiesto que el modelo de reversión iniciado por la Generalitat se ha hecho de forma improvisada y sin consenso, y ahora además, según el Tribunal Supremo, de manera ilegal, ya que en este caso tampoco se han justificado las repercusiones y efectos financieros y presupuestarios de la decisión. 

    Ante esta nueva realidad, desde Ribera valoramos positivamente este punto de inflexión que supone la necesidad de justificar las reversiones por encima de las decisiones políticas y arbitrarias. De la misma manera, seguimos manteniendo nuestra voluntad de diálogo y consenso con la Generalitat para priorizar la salud de los ciudadanos y la atención a nuestros pacientes frente al dogmatismo ideológico.

    En el caso del hospital de Alzira, a pesar de que el Supremo no ha anulado la “no prórroga” del contrato de concesión, porque “no se puede descartar que no se hubiera hecho una valoración de dichas repercusiones”, dos de los magistrados del Tribunal Supremo han manifestado un voto particular en contra de esta decisión. 

    Desde Ribera seguiremos defendiendo la salud y el bienestar de todos los ciudadanos españoles y de todos los países donde participamos en proyectos sanitarios, a través de un modelo de gestión de la sanidad moderno e innovador, que apueste por la colaboración público privada; un modelo que es un referente a nivel internacional, tal y como lo avalan numerosos informes y auditorías oficiales independientes como las de la propia Sindicatura de Cuentas de la Generalitat Valenciana.

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